
Art. 371. Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidad que establezcan las leyes.
Constitución española del 1812.
200 años después:
(…) La Sección Primera amplía su ámbito competencial,(…) a los conflictos entre distintas entidades de gestión, entre los titulares de derechos y las entidades de gestión, y entre éstas y las entidades de radiodifusión, (…)
La Sección Primera refuerza así su condición de instrumento especialmente idóneo en el funcionamiento del sistema vigente de la propiedad intelectual para resolver este tipo de conflictos, lo que requiere generalmente una compleja valoración de derechos e intereses.
Ley Sinde-Wert (Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual)
La libertad de expresión no es limitada por los tribunales. Lo es, de facto, por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Cerrarán las webs que quieran. Así de simple. Y no protegerá la producción cultural española, sino, principalmente, la de otro país.
Imagen: La Verdad, la Historia y el Tiempo (también conocido como «Alegoría de la adopción de la Constitución de 1812») Francisco de Goya. Fuente: Wikimedia.
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